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Crear una empresa en Espana siendo extranjero: S.L. o autonomo, costes y pasos (2026)

Crear una empresa en España siendo extranjero: S.L. o autónomo, costes y pasos (2026)

Respuesta directa: Un extranjero puede crear una empresa en España sin residir en el país. Necesita un NIE, reservar el nombre en el Registro Mercantil Central, depositar el capital social (desde 1 € según la Ley 18/2022 de Crea y Crece, aunque se recomiendan 3.000 €) y firmar la escritura de constitución ante notario. El coste total de los trámites va de 900 € a 1.600 €, más el capital, y el plazo es de 7 a 12 semanas si el NIE se pide desde el extranjero. Para un inversor chino la S.L. es casi siempre la opción correcta frente al autónomo.

Constituir una sociedad en España siendo ciudadano de otro país es un trámite perfectamente ordinario: no existe ninguna ley que exija residencia, permiso de trabajo ni empadronamiento para abrir una cuenta bancaria, tener un domicilio fiscal o contratar un gestor español en el expediente. Lo que sí existen son tres capas de fricción que hay que resolver en el orden correcto: la identidad del extranjero (el NIE), la disponibilidad del capital (una cuenta bancaria) y el poder de representación (un poder notarial firmado en el extranjero y apostillado). Si dimensionas las tres cosas en paralelo, una S.L. se constituye en seis a diez semanas. Si las haces en serie, el mismo expediente tarda cinco meses.

Esta guía recoge lo que aprendimos tramitando constituciones para inversores de Asia, Europa y Latinoamérica: los pasos reales, los costes reales, los plazos reales y los errores que cuestan la constitución entera.

Índice de contenidos

1. Tres formas de hacer negocio en España: autónomo, S.L. y la nueva SLU

Antes de mirar un solo euro hay que decidir la forma jurídica, porque esta decisión condiciona el impuesto, la responsabilidad, la contabilidad y hasta la posibilidad de entrar en una licitación pública. En España conviven hoy tres opciones reales para un extranjero.

El autónomo

Es la figura del empresario individual declarado en el Registro de Actividades Económicas. Quien figura en el alta es el propio extranjero, con su nombre y su NIE. Las ventajas son económicas y también tramitativas: no hay escritura, no hay notario, no hay Registro Mercantil, no hay capital y el alta se puede hacer en un plazo de días. El coste inicial se reduce a unos 100 – 300 € entre el IAE, la cuota de la Seguridad Social y la mutualidad correspondiente.

El precio de esa comodidad es brutal en responsabilidad: el autónomo responde con su patrimonio personal, de forma ilimitada, de cualquier deuda. Si el negocio falla, la Agencia Tributaria puede reclamar hasta el límite de los bienes que posees, incluida la vivienda habitual en determinadas situaciones legalizadas.

La S.L.

La Sociedad Limitada es la figura por defecto para cualquier inversor. El patrimonio del negocio queda separado del patrimonio personal, la elección entre administrador único y consejo de administración es flexible, la duración de la sociedad es indefinida y desde la reforma de la Ley Crea y Crece el capital puede aportar desde 1 €. La S.L. es la que entra en proveedores, en bancos y en licitaciones. La contrapartida inevitable son los costes notariales y registrales, que siempre están entre 900 € y 1.600 €.

La SLU

La Sociedad Limitada Unipersonal es una variante de la S.L. con un único socio, pero incorpora una ventaja fiscal muy relevante: la SLU cuyo socio único sea persona física y obtenga al menos el 75 por ciento de sus ingresos de actividades económicas puede tributar al 15 por ciento de Impuesto sobre Sociedades, frente al 25 por ciento general. Además, su régimen de simplificación contableobligatoria es un ahorro de tiempo considerable frente a la S.L. clásica.

Comparativa de forma jurídica para un extranjero sin residencia
Aspecto Autónomo S.L. SLU
Capital mínimo 0 € Desde 1 € Desde 1 €
Número de socios 1 persona 1 o más personas Exactamente 1 socio
Responsabilidad Ilimitada y personal Limitada al capital aportado Limitada al capital aportado
Registro Mercantil No Sí, obligatorio Sí, obligatorio
Tipo impositivo IRPF 19 – 47 % Sociedades 25 % (15 % si emergente) 25 % o 15 % si cumple requisitos
Coste aproximado de alta 100 – 300 € 900 – 1.600 € más capital 900 – 1.600 € más capital
Plazo aproximado 3 – 10 días 6 – 12 semanas 6 – 12 semanas
Reparto de resultados No procede (son ingresos personales) Dividendos con retención Dividendos con retención
Credibilidad ante bancos Baja Alta Alta

Consejo de Oromar: si tu operación con España va a facturar más de 30.000 € al año, esto es un negocio y no una actividad personal: la S.L. no es un lujo, es una inversión. El ahorro fiscal sobre la distribución de beneficios y la limitación de responsabilidad compensan el coste de constitución en el primer ejercicio, incluso sin aplicar la tarifa reducida del 15 %.

2. El NIE: el paso que decide tu calendario

El NIE (Número de Identificación de Extranjero) es el número fiscal que te asigna la Administración española y sin el cual no hay contrato, no hay nómina, no hay banco y, en la práctica, no hay sociedad. Para constituir desde el extranjero es el cuello de botella real, y su plazo depende de dónde y cómo lo solicites.

Plazos reales de obtención del NIE según el punto de solicitud
Vía de solicitud Plazo estimado 2026 Coste
Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería en España 1 – 4 semanas Tasa de 9,84 €
Consulado español en el extranjero 2 – 8 semanas 9,84 € más tasa consular
Con poder notarial apostillado a favor de un tercero Se reduce a 1 – 2 semanas 9,84 € más notaría en el país de origen

Requisitos habituales: pasaporte vigente, justificante de entrada a España o visado, empadronamiento o certificado de domicilio, seguro médico cuando procede, y declaración de ingresos para el autónomo. La tasa de expedición es de 9,84 €, aunque el coste real del expediente incluye el desplazamiento, las traducciones juradas y, en su caso, los honorarios del despacho tramitador.

Estrategias para acelerar el expediente

Atención: el NIE no es un permiso de trabajo. Tener NIE autoriza a identificarse ante la Administración, pero si vas a desarrollar actividad económica por cuenta propia en España necesitarás además una autorización de trabajo o una visa de entrepreneur. Planifica ambas cosas como expedientes separados.

3. Reserva del nombre en el Registro Mercantil Central

La reserva de denominación social se tramita ante el Registro Mercantil Central, que tiene competencia sobre todo el territorio español. Puedes presentar hasta cinco nombres alternativos en una sola solicitud.

Condiciones de la reserva de nombre en el Registro Mercantil Central
Concepto Detalle
Nombres por solicitud Hasta 5, evaluados por orden de prioridad
Coste aproximado ≈ 20 €
Plazo de resolución 24 – 48 horas laborables
Validez del certificado 3 meses desde la notificación
Ventana de presentación Acceso por ventanilla única, de lunes a viernes

La validez de tres meses es el segundo cuello de botella después del NIE: si en ese trimestre no se firma la escritura, el nombre se libera y hay que volver a entrar en la cola.

Los tres conceptos que se confunden

Este es el punto donde más se equivocan los inversores extranjeros, porque asumen que reservar un nombre es una cuestión de marca y en realidad son tres sistemas distintos que conviven:

Consejo de Oromar: elige un nombre registral sobrio y con la forma social, y usa un nombre comercial separado si lo necesitas. Intentar registrar una marca complexa como denominación social suele acabar en rechazo, porque la administración exige que el objeto social sea claro y específico para poder delimitar correctamente la actividad.

4. Capital social: el euro de la Ley Crea y Crece

Hasta 2022, constituir una S.L. exigía un mínimo de 3.000 €. La Ley 18/2022, de 5 de diciembre, de Creación y Crecimiento de Sociedades eliminó ese suelo: hoy una S.L. puede constituirse con 1 € de capital social, suficiente para satisfacer el requisito legal y abrir la puerta a la firma del expediente.

La letra pequeña está en el artículo 5 de la ley, que introduce la figura de las aportaciones con función de reserva. Si los socios aportan menos de 3.000 €, la ley les obliga a completar el capital hasta 3.000 € en un plazo máximo de cinco años desde la constitución. No es una sanción, es un compromiso de cobertura frente a terceros. Pero tiene dos efectos prácticos muy relevantes.

Qué pasa si te quedas en 1 €

Legalmente nada durante cinco años. Comercialmente, tres cosas:

Capital social mínimo exigido por forma jurídica y recomendación de aportación
Forma jurídica Capital mínimo legal Capital recomendado Notas
S.L. 1 € 3.000 € Obligación de completar a 3.000 € en 5 años
SLU 1 € 3.000 € Acceso a la tributación al 15 % si cumple requisitos
S.A. 60.000 € 60.000 € o más Exigida por la Ley General de Sociedades, sin excepción

El capital se aporta en dinero en una cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad. El banco emite un certificado de ingreso de fondos que el notario incorpora a la escritura y que luego se aporta al Registro Mercantil. Ese certificado es el documento que prueba que el dinero existe.

5. El poder notarial chino y la Apostilla

Si el fundador o el apoderado de la sociedad no va a viajar a España, necesita un poder notarial otorgado ante notario en China. Este es el punto donde la normativa cambió de forma radical y donde aún muchos advisers dan información de 2019.

Cambio clave: la República Popular China se incorporó al Convenio de La Haya sobre la Apostilla el 7 de noviembre de 2023. Desde esa fecha, para documentos entre China y España basta la Apostilla china. Ya no se exige la legalización diplomática ni la doble autenticación consular. Un documento que en 2022 necesitaba seis meses de trámites se resuelve ahora en semanas.

El circuito completo

Los cuatro pasos, en este orden:

  1. Poder notarial en China. Se firma ante notario público en China. El notario chino, a diferencia del notario español, no es un profesional independiente del Estado: es un órgano de la administración pública que certifica el acto y su veracidad documental.
  2. Apostilla en China. El poder se apostilla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o ante el Consulado chino en España si lo solicitas en territorio español. La Apostilla se emite con código de verificación electrónico y tiene una validez de cinco años desde su expedición en el país de origen.
  3. Traducción jurada al español. La Apostilla se traduce al castellano por un traductor jurado nombrado por el MAEC (Ministerio de Asuntos Exteriores). No puede hacerla el propio notario chino ni un despacho cualquiera. Coste orientativo: 60 – 120 € por documento.
  4. Presentación. Con el poder apostillado y traducido queda abierta la escritura: el apoderado puede firmar ante notario en España, abrir la cuenta bancaria y completar los demás trámites de registro.
Documentos que suelen acompañar al poder apostillado
Documento Origen Necesita apostilla
Poder notarial de representación China Sí
Pasaporte o documento de identidad del apoderado China Sí, en copia compulsada
Certificado de empadronamiento o domicilio en España España No
Justificante de ingreso del capital en la cuenta España No
Declaración del administrador sobre residencia fiscal España No

Atención: si el apoderado reside en Hong Kong y no en China continental, el circuito es distinto: Hong Kong tiene su propio sistema de apostillas desde 2023 y no está sujeto al mismo procedimiento. Confirma siempre la jurisdicción concreta del notario antes de encargar el poder.

6. La escritura de constitución ante notario

Con el NIE, el nombre reservado y el capital depositado, se firma la escritura de constitución ante notario en España. Su coste es de 500 a 1.000 €, y en este acto se decide todo lo que después definirá el gobierno de la sociedad.

Qué se decide en la escritura

El notario no asesora fiscalmente. Su función es incorporar la escritura al Registro Mercantil con los datos que le das, comprobar identidad y capacidad, y publicar el anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME). Si el objeto social está mal redactado, el notario no se lo va a corregir.

7. Inscripción en el Registro Mercantil y CIF

La escritura firmada se presenta en el Registro Mercantil Central para su inscripción. El coste de la inscripción es de 100 a 200 € y el plazo de resolución de 1 a 3 semanas. A partir de la inscripción, la sociedad adquiere personalidad jurídica plena.

El CIF: provisional y definitivo

Al constituir obtienes un CIF provisional, con la forma de letra seguido de siete dígitos, que ya te permite facturar y operar. La Agencia Tributaria emite después el CIF definitivo, con la letra B seguida de ocho dígitos, una vez completado el expediente. Este cambio se produce normalmente en unas semanas y no tiene coste.

La forma jurídica se comunica mediante el modelo 036 de la Agencia Tributaria, que se puede presentar de forma telemática con certificado digital el día de la firma. El alta de IVA se comunica en el mismo modelo 036 y la entidad queda de alta en los regímenes de IVA diferido e IVA intracomunitario si vas a importar desde fuera de la Unión Europea o a operar con clientes comunitarios.

Consejo de Oromar: si vas a importar con regularidad desde China, activa el IVA diferido en el momento del alta, no después. Cambiarlo más adelante exige un modelo 036 adicional y un mes de desfase en el que Hacienda te exigirá el IVA en frontera sobre la mercancía.

8. Abrir cuenta bancaria siendo no residente

Este es el tercer punto de fricción, y el menos documentado por los advisers. Aunque la ley no te impide abrir una cuenta sin residenciar, el sistema bancario español aplica un análisis de riesgo muy severo a clientes no residentes sin experiencia local. Hay tres puntos concretos donde las solicitudes se atascan.

Punto 1: socios sin NIE definitivo

Si el socio fundador o el apoderado solo tiene NIE provisional o la resolución aún en trámite, el banco lo rechaza. Solución: solicitar el NIE antes de pedir la cuenta, no en paralelo. Si hay urgencia, algunos neobancos aceptan documentación provisional, pero suelen fijar un límite de saldo y de operaciones hasta la regularización.

Punto 2: origen de los fondos

El banco no pregunta de dónde sale el dinero por curiosidad: lo pide por obligación de prevención del blanqueo de capitales. Necesitarás justificar el capital aportado, los ingresos de tu operación en China y, si vienes a constituir, el motivo de la inversión. La documentación típica incluye extractos bancarios de los últimos seis o doce meses, certificado de ingresos o declaración fiscal china, y justificante del origen de los fondos.

Punto 3: beneficiario real

Desde la normativa de prevención del blanqueo, el banco debe identificar siempre al beneficiario real, es decir, la persona física que en última instancia controla la sociedad. Si tu estructura tiene una sociedad intermediaria en Hong Kong, el banco necesita ver toda la cadena deSocios para llegar hasta el titular último. Si el beneficiario real es alguien que vive en un país sujeto a listas de sanciones, la cuenta se deniega y el banco no explica demasiado.

Estrategia: neobanco más banco clásico

Comparativa de estrategias de cuenta bancaria para no residentes
Estrategia Ventaja Limitación Plazo
Neobanco europeo Apertura remota en 48 horas, cuenta multidivisa Límites de saldo hasta la verificación completa 2 – 10 días
Banco clásico con gestor Operativa completa, transferencias SEPA, tesorería Exige visita presencial con el apoderado o poder apostillado 2 – 6 semanas
Cuenta de la S.L. abierta desde España El banco conoce al administrador Requiere que alguien se desplace 1 – 3 semanas

La combinación que mejor funciona en la práctica es una cuenta neobanco operativa para el día a día desde el primer mes, más un banco clásico en el momento en que la sociedad tenga volumen y pueda pedir cita con un gestor de banca empresas.

9. ¿Necesito residencia o visado?

Respuesta corta: no. Para constituir y gestionar una sociedad en España no hace falta ni residencia ni visado. Puedes crear la empresa, depositar el capital, firmar la escritura, abrir la cuenta y tener todo el papeleo al día sin pisar España más que los días que quieras pasar aquí.

La clave está en la figura del representante fiscal. Si tu domicilio fiscal está en el extranjero, España exige que un tercero con residencia fiscal en el país asuma la condición de representante fiscal para las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones que realices aquí. Es una figura sencilla, barata y que se contrata específicamente para eso.

Cuándo sí necesitarás un visado o permiso de trabajo

Constituir la sociedad es una cosa; trabajar para ella es otra. Si vas a desarrollar actividad económica por cuenta propia en territorio español, necesitas una autorización. Las vías principales son:

Cuidado con la autorización de Inversiones Exteriores. Si un ciudadano no comunitario, directo o a través de una sociedad intermediaria, va a poseer más del 25 por ciento del capital de tu S.L. o va a ejercer una influencia determinante en su administración, debe solicitar la autorización previa ante el Registro de Inversiones Exteriores. La autorización previa es obligatoria salvo que la inversión entre en una autorización de carácter general. Es un trámite que se puede resolver en paralelo al resto, pero si se omite y el socio es chino, la administración puede revisar los actos de la sociedad a posteriori.

10. Comparativa completa: autónomo frente a S.L.

Comparativa exhaustiva de autónomo frente a S.L. para el inversor extranjero
Criterio Autónomo S.L.
Capital mínimo 0 € Desde 1 € (Ley 18/2022), recomendado 3.000 €
Responsabilidad Ilimitada, sobre todo el patrimonio personal Limitada a la aportación al capital
Seguridad Social del titular Tarifa plana: unos 80 €/mes el primer año, unos 85 € el segundo, unos 200 € el tercero La del administrador se declara por separado; los empleados van al régimen general
Impuesto sobre la renta IRPF según escala: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 21.000 €, 23 % hasta 33.000 €, 27 % hasta 60.000 €, 35 % hasta 200.000 €, 43 % hasta 500.000 €, 47 % Impuesto sobre Sociedades 25 % general
Tarifa reducida No procede 15 % para empresas emergentes y para la SLU que cumpla los requisitos de ingresos
Reparto de beneficios No procede: todo es retribución de actividad Dividendos con retención del 19 % para beneficiario comunitario o 24 % para no residente sin convenio
Obligación de residencia Requiere alta en el registro y presencia efectiva en España; un no residente sin empadronamiento no puede darse de alta correctamente No exige residencia ni empadronamiento
Credibilidad ante bancos Baja: bancos con poco historial y sin estructura societaria Alta: cuenta a nombre de la sociedad, Registro Mercantil, cuentas anuales depositadas
Acceso a licitaciones públicas Muy limitado Posible, con solvencia acreditada y solvencia técnica
Simplificación contable Libro registro de facturas y libros auxiliares, sin leva de ella Contabilidad completa: libro diario, mayor, balances, libros de acciones y libro de actas
Cuentas anuales Declaración de IRPF; no es obligatorio depositarlas Obligatorio presentar y depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil
Coste contable anual 300 – 900 € al año 900 – 2.400 € al año
Coste y plazo de constitución 100 – 300 €; de 3 a 10 días 900 – 1.600 € más capital; de 6 a 12 semanas
Transferencia del negocio a otra persona Difícil: es una actividad personal ligada a un NIE Fácil: se venden acciones
Entrada de socios Imposible: solo una persona física Fácil: ampliación de capital o transmisión

La lectura rápida de esta tabla es la siguiente: el autónomo gana en las tres primeras semanas de coste y plazo, y pierde en todo lo demás a partir del momento en que el negocio crece, entra un socio, quiere un banco o se plantea vender. Para un inversor chino que viene a hacer comercio bilateral, la comparación normalmente no se plantea.

11. Los impuestos que pagarás de verdad

Impuesto sobre Sociedades

El tipo general es del 25 por ciento. Existe un tipo del 15 por ciento para empresas que cumplen la definición de empresa emergente durante los primeros años de actividad, y también para la SLU con socio único persona física que obtenga al menos el 75 por ciento de sus ingresos de actividades económicas. El tipo aplicable se reduce a la mitad sobre el importe a pagar cuando el beneficio se reinvierte en la propia empresa.

IVA: el 21 % y sus dos variantes que todo el mundo olvida

El IVA general es del 21 por ciento. Pero hay dos regímenes específicos que cambian por completo la caja del importador:

IRPF del administrador y la retribución mínima

Si la retribución del administrador se activa como asalariado, el mínimo que puedes pactar es el salario mínimo interprofesional, que se sitúa en el entorno de 1.221 € mensuales. Esa cifra no se puede reducir por acuerdo entre las partes: es un suelo legal. Y tiene una lectura fiscal importante para el socio extranjero que vive en China.

Advertencia sobre la recategorización como dividendos: si la retribución del administrador es muy baja y toda la generación de beneficios de la sociedad se reparte como dividendos hacia China, la Administración puede calificar el conjunto como retribución encubierta y recategorizar parte de los dividendos como salario, con el IRPF correspondiente y las cotizaciones de Seguridad Social pendientes. La estructura segura es clara: un salario de administrador en el orden del mínimo interprofesional más un dividendo explícito y documentado por la diferencia.

Sobre el dividendo, la retención es del 19 por ciento para un beneficiario residente en la Unión Europea y del 24 por ciento para un beneficiario no residente en un país sin convenio de doble imposing. China tiene convenio con España, y el tipo aplicable conviene verificarlo en el texto del tratado vigente en cada momento, porque los porcentajes pueden haber sido modificados por el protocolo de actualización.

12. Obligaciones después de constituir

Constituir la sociedad es el principio. El calendario de obligaciones que empieza el día siguiente es lo que separa una empresa ordenada de una que recibe una propuesta de resolución con multa.

Obligaciones mensuales

Obligaciones trimestrales

Obligaciones anuales

La trampa de la inactividad: tener una sociedad constituida sin facturar no exime de nada. La presentación del modelo 303 es obligatoria aunque sea a cero, las cuentas anuales se depositan igualmente aunque estén vacías, y las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades se presentan con resultado negativo. No presentar es lo que genera expediente, y las multas empiezan en el entorno de los 200 euros por declaración omitida, con la aparición de intereses de demora y, en caso de reiteración, de medidas coercitivas directas que pueden acabar en la limitación de la cuenta bancaria. Una sociedad constituida «para más adelante» y olvidada se convierte en una responsabilidad permanente.

13. 8 errores que arruinan la constitución desde China

  1. Constituir sin haber obtenido el NIE. El Registro Mercantil Central no lo exige para reservar el nombre, y ahí empieza el error: muchos advisers constituyen con CIF provisional y.sin NIE definitivo, y tres meses después el banco, Hacienda y el notario exigen el número. Nunca dejes la constitución al número de identificación pendiente.
  2. Confundir la reserva de nombre con el registro de marca. Reservar nombre te da un certificado de tres meses, no una marca. Si tu estrategia depende del nombre comercial, necesitas una inscripción separada en la OEPM, que tarda entre seis y doce meses.
  3. Constituir con 1 € de capital y quedarse ahí. Legalmente válido durante cinco años, comercialmente frágil desde el primer día. El banco comparará los datos del expediente con los de cualquier proveedor que te ofrezca condiciones.
  4. Redactar un objeto social demasiado estrecho. «Venta de fuegos artificiales al por mayor» no cubre la importación, el almacenamiento, el marketing ni el comercio electrónico, y modificarlo cuesta notario y Registro Mercantil.
  5. Encargar el poder notarial sin apostillar. Con la Apostilla china desde el 7 de noviembre de 2023, cualquier encargo de legalización consular antigua no hace más que añadir meses.
  6. Traducir el poder con un traductor no jurado. El Registro Mercantil y el notario verifican la condición de traductor jurado. Un poder traducido por un profesional sin nombramiento oficial se rechaza sin más.
  7. No verificar el código CNAE correcto. Elegir el código equivocado tiene consecuencias fiscales: determina el tipo de IVA aplicable a servicios, los regímenes especiales disponibles y, en algunos sectores, la necesidad de autorización adicional.
  8. Ignorar la autorización de Inversiones Exteriores. Si el inversor es un ciudadano no comunitario que controla la sociedad, la autorización previa es obligatoria salvo autorización de carácter general. Constituir sin solicitarla es un defecto que puede detectarse en el Registro Mercantil Central.

14. Preguntas frecuentes

¿Puedo crear una empresa en España sin residir en España?

Sí. No hay ningún requisito de residencia ni de empadronamiento para constituir una S.L. o una SLU. Necesitas un NIE, que puede obtenerse desde el consulado o presentándote en España, y un representante fiscal si tributas aquí por operaciones realizadas desde el extranjero.

¿Cuánto capital necesito para constituir una S.L. en 2026?

Desde la Ley 18/2022 de Crea y Crece, el mínimo legal es de 1 euro. Si aportas menos de 3.000 euros, la ley te obliga a completar el capital hasta esa cifra en un plazo máximo de cinco años, mediante aportaciones con función de reserva. Nuestra recomendación sigue siendo aportar 3.000 euros desde el día uno: es lo que piden los bancos y lo que da credibilidad ante proveedores.

¿Cuánto cuesta constituir una S.L. con un socio chino?

Entre 900 y 1.600 euros en gastos de notaría, Registro Mercantil, reserva de nombre y traducciones juradas, más el capital social. Si añades la marca en la OEPM, la póliza de administrador único y el gestor, el total se acerca a 2.000 euros. La partida más variable es la notaría, que depende de si el expediente se firma en Madrid, Barcelona o una capital de provincia.

¿Cuánto tarda una S.L. en quedar constituida?

De 6 a 12 semanas en el escenario más frecuente. Desglosado: 2 a 8 semanas para el NIE desde consulado, 24 a 48 horas para la reserva de nombre, 1 a 2 semanas para el poder apostillado y traducido, 1 día para la escritura y 1 a 3 semanas para la inscripción en el Registro Mercantil. Si presentas el NIE en España y el poder en paralelo con la reserva, el plazo se acerca a las 6 semanas.

¿Cuál es la diferencia entre autónomo y S.L. para un extranjero?

El autónomo es barato y rápido, pero responde con todo tu patrimonio y no admite socios. La S.L. limita la responsabilidad al capital, permite la entrada de socios, es la única opción que pasa los filtros bancarios y sirve para licitaciones, y admite la tributación al 15 % como empresa emergente o como SLU. Para un inversor chino que viene a hacer comercio bilateral, la S.L. es casi siempre la opción correcta.

¿Es obligatorio el certificado de capacidad de representación?

Solo en el caso del administrador único de una SLU y en algunos supuestos de representación procesal. Para una S.L. con administrador único no es exigible, aunque muchos advisers lo solicitan igualmente porque facilita la acreditación de facultades ante el banco.

¿Qué pasa si el socio extranjero nunca viene a España?

Nada, en la medida en que el poder notarial esté correctamente otorgado, apostillado y traducido. Con el poder puedes designar a un apoderado en España que firme la escritura, presente la documentación en el Registro Mercantil y comparezca en el banco. Es el escenario habitual en nuestras constituciones y funciona sin incidencias siempre que el poder contenga facultades suficientes y específicas cuando sea posible.

¿Tengo que pagar Impuesto de Sociedades desde el primer año aunque no facture?

Sí, la declaración se presenta aunque el resultado sea cero o negativo. El modelo 200 se presenta dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio y la ausencia de ingresos no genera exención. Lo que sí puedes es imputar los gastos correctamente para que el resultado fiscal sea negativo, que es distinto de no declarar.

¿Cuánto se retiene en el dividendo?

A un accionista residente en la Unión Europea se le retiene el 19 por ciento. A un accionista no residente en un país con convenio, como China, el tipo aplicable es el que resulte del tratado bilateral en vigor, por lo que conviene verificar el porcentaje actualizado antes de fijar la política de reparto de la sociedad.

¿Puedo emitir facturas con IVA intracomunitario si no estoy dado de alta en ese régimen?

No. Si prestas servicios o entregas bienes dentro de la Unión Europea, necesitas estar dado de alta en el IVA intracomunitario y presentar el modelo 349. La falta de alta hace que las facturas entre estados miembros no se puedan deducir el IVA, y con ello te quedas sin capacidad de operar con clientes comunitarios.

¿Quieres constituir tu empresa en España y necesitas que el expediente no se atasque? Somos Oromar, operador comercial trilateral con base en Canet d’en Berenguer (Valencia), oficina en Hong Kong y equipo técnico en Shenzhen. Coordinamos el expediente completo: NIE, poder notarial en China con apostilla, traducción jurada, reserva de nombre, escritura ante notario, Registro Mercantil, CIF y alta en el IAE. También constituimos la sociedad de importación cuando hace falta el flujo comercial detrás.

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