Crear empresa en España para extranjeros: guía 2026 de costes, plazos y riesgos
Respuesta directa: Para crear una empresa en España como extranjero se necesitan cuatro pasos: obtener el NIE, reservar el nombre en el Registro Mercantil Central, depositar el capital social en una cuenta bancaria y firmar la escritura de constitución ante notario. Desde la Ley de Crea y Crece (Ley 18/2022) una S.L. puede constituirse con 1 € de capital, aunque la cifra recomendada sigue siendo 3.000 € para obtener confianza bancaria y de proveedores. El coste total de la constitución se mueve entre 900 € y 1.600 € en gastos notariales y registrales, más el capital, y el plazo realista es de 7 a 12 semanas cuando el NIE se solicita desde el extranjero.
| Concepto | Importe | Plazo |
|---|---|---|
| Capital social (mínimo legal) | Desde 1 € (recomendado 3.000 €) | Inmediato |
| Certificado de reserva de nombre | ≈ 20 € | 24-48 h |
| Escritura de constitución (notario) | 500 – 1.000 € | 1 día |
| Inscripción en Registro Mercantil | 100 – 200 € | 1 – 3 semanas |
| NIE para extranjeros no residentes | ≈ 9,84 € de tasa | 2 – 8 semanas |
| Apertura de cuenta bancaria empresarial | 0 – 300 € | 1 – 4 semanas |
| Certificado de capacidad de representación | ≈ 30 – 60 € | 24 h |
| Total gastos sin capital | 900 – 1.600 € | 7 – 12 semanas |
Importes orientativos y variables según provincia, complejidad del expediente y si se subcontrata la gestión.
Índice de contenidos
- Paso 1: Obtener el NIE
- Paso 2: Reservar el nombre empresarial
- Paso 3: Depositar el capital social
- Paso 4: Firma ante notario e inscripción
- Autónomo frente a S.L.: qué elegir
- Impuestos: lo que se paga de verdad
- El problema de la cuenta bancaria
- ¿Hace falta residir en España?
- Cumplimiento posterior
- 7 errores que arruinan una constitución
Paso 1: el NIE, el cuello de botella que decide tu calendario
El NIE (Número de Identificación de Extranjero) no es un trámite menor: es el requisito previo de todo lo demás. Sin NIE no hay cuenta bancaria, y sin cuenta bancaria no hay depósito de capital, y sin depósito de capital no hay escritura. Por eso el 80 por ciento de los retrasos que sufren los inversores chinos en España no son legales, son logísticos.
| Lugar de solicitud | Plazo medio 2026 | Coste |
|---|---|---|
| En España — Comisaría de Policía (Extranjería) | 1 – 4 semanas | ≈ 9,84 € |
| Consulado español en el extranjero | 2 – 8 semanas | 9,84 € + tasa consular |
| Con poder notarial apostillado | Se acorta a 1 – 2 semanas | Más notaría en China |
Consejo de Oromar: arranca el expediente de NIE y el de reserva de nombre en paralelo, nunca en serie. El Registro Mercantil Central no exige NIE para reservar nombre, de modo que puedes ahorrar seis semanas de calendario.
Paso 2: reserva del nombre en el Registro Mercantil Central
La reserva de nombre se solicita ante el Registro Mercantil Central, que tiene competencia sobre todo el territorio nacional. Puedes presentar hasta cinco nombres por solicitud. Si alguno está libre, se expide un certificado de reserva con una validez de tres meses: tiempo suficiente para completar el resto de trámites, pero no para dormirse.
Coste aproximado: 20 €. Plazo de resolución: 24 a 48 horas laborables.
Reglas de nomenclatura que conviene conocer:
- Denominación social (la que aparece en las facturas): puede ser cualquier texto. Este es el nombre bajo el que factura tu empresa.
- Nombre registral (el que se inscribe en el Registro Mercantil): tiene restricciones léxicas reales. Si incluye forma social (S.L., S.A.), esta debe aparecer.
- Denominación limitada (nombre comercial, la marca): para usarla comercialmente basta con inscripción en la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas).
Error frecuente: confundir estos tres conceptos, reservar un nombre que otro ya tiene inscrito como denominación social y descubrirlo al abrir la cuenta bancaria.
Paso 3: depósito del capital social en cuenta bancaria
Antes de la firma notarial hay que acreditar el capital. Se abre una cuenta bancaria provisional a nombre de la sociedad, se ingresa el capital y se obtiene el certificado bancario de depósito, que el notario incorpora a la escritura.
¿Cuál es el capital mínimo real?
| Forma | Capital mínimo legal | Desembolso |
|---|---|---|
| S.L. (Sociedad Limitada) | 1 € desde Ley 18/2022 | En la constitución, íntegro |
| S.A. (Sociedad Anónima) | 60.000 € | 25 por ciento mínimo |
| Sociedad de responsabilidad limitada (SLU) | 3.000 € | Íntegro |
| Sociedad Civil / Comunidad de Bienes | Sin mínimo | No aplica |
Advertencia crítica sobre el capital de 1 €. Legalmente funciona, pero arrastra tres consecuencias prácticas:
- El banco puede rechazar la apertura de cuenta o exigir paquetes de solvencia adicionales.
- Los proveedores de exportación exigen un importe mínimo de pedido y verifican la solvencia de la contraparte: una sociedad con 1 € de capital no pasa ningún filtro.
- La Ley 18/2022 regula esta figura como aportaciones dinerarias con función de reserva. Se puede constituir con 1 € siempre que se complete hasta 3.000 € en un plazo máximo de cinco años. Si no se completa, la administración puede ordenar la disolución.
Recomendación práctica: depositar 3.000 €. Es la diferencia entre una sociedad operativa y una que falla en la primera negociación bancaria.
Documentación china que hay que preparar
Si el capital lo aporta una matriz china, necesitas:
- Poder notarial otorgado por el representante legal de la matriz china ante notario en China.
- Legalización (Apostilla) del poder: desde el 7 de noviembre de 2023 China está en el Convenio de La Haya, por lo que basta la Apostilla china y ya no se exige doble autenticación consular. Esto ha reducido el coste y el tiempo de forma decisiva.
- Traducción jurada al español del poder y de los estatutos.
- Certificado de inscripción de la empresa china en el Registro Mercantil de China.
Este es precisamente el punto donde la mayoría de los proyectos se atasca: el poder notarial chino mal legalizado invalida toda la cadena posterior.
Paso 4: firma ante notario e inscripción registral
Con el certificado de reserva de nombre vigente y el certificado bancario en la mano, los socios o su representante con poder firman ante notario la escritura de constitución. El notario es un fedatario público obligatorio: no hay constitución válida sin escritura notarial.
Qué se puede decidir en la escritura
- Objeto social: se define el catálogo CNAE por el que la sociedad queda habilitada. Aquí se decide si podrás importar, fabricar, distribuir o prestar servicios. No copies el objeto de otra sociedad: que sea más amplio de lo que crees necesitar, dentro de lo razonable.
- Sistema de retribución del administrador: si el administrador es una persona física extranjera, esta es la decisión más consecuente de la escritura.
- Facultades de representación: si actúas con poder, define si puedes firmar contratos, abrir cuentas o contratar. Sin estas facultades, el banco te lo recordará.
- Administrador único: admitido desde la Ley de Crea y Crece.
Una vez firmada, la escritura se presenta en el Registro Mercantil de la provincia del domicilio social. La inscripción es constitutiva: hasta que se inscribe, la sociedad no existe legalmente. Plazo típico: 1 a 3 semanas. Coste: 100 a 200 €.
Tras la inscripción, y en este orden:
- CIF/NIF de la sociedad, distinto del NIE personal. Se solicita a la Agencia Tributaria, primero provisional y luego definitivo.
- Alta en el Registro de IVA (modelo 036), imprescindible si vas a importar o vender.
- Certificado de representación legal para poder firmar ante el banco.
- Cuenta bancaria definitiva: la provisional se cierra y se abre la real.
- Registro de IVA diferido, si vas a importar de forma regular. Te ahorra caja.
Autónomo frente a S.L.: cuál elegir y por qué importa
| Criterio | Autónomo | S.L. |
|---|---|---|
| Capital mínimo | 0 € | Desde 1 € (recomendado 3.000 €) |
| Responsabilidad | Ilimitada, con límites desde la Ley Crea y Crece | Limitada al capital aportado |
| Seguridad Social | Tarifa plana: 80 €/mes el primer año, 85 € el segundo, 200 € el tercero | 0 € con administrador_commands |
| Impuesto principal | IRPF (19 – 47 por ciento) | Sociedades: 25 por ciento, o 15 por ciento para empresas emergentes |
| Obligación de estar en España | Sí, residencia y alta en RETA | No, puede ser 100 por ciento no residente |
| Credibilidad ante bancos | Baja | Alta |
| Coste de constitución | 0 € (gestoría 100 – 300 €) | 900 – 1.600 € |
| Plazo de constitución | 24 – 72 horas | 7 – 12 semanas |
Recomendación de Oromar para un operador chino: S.L. casi siempre. Tres razones: puedes constituirla y operarla siendo no residente sin depender de un visado; tu crédito comercial en España es radicalmente distinto frente a proveedores y clientes; y limita tu responsabilidad personal. El autónomo solo tiene sentido si vas a residir en España y facturar servicios individuales.
Impuestos: lo que vas a pagar de verdad
Impuesto sobre Sociedades
El tipo general es del 25 por ciento. Existe un tipo reducido del 15 por ciento para sociedades consideradas empresas emergentes bajo la Ley de Crea y Crece: requisitos de creación, menos de 10 empleados y facturación inferior a 10 millones de euros, manteniendo el régimen al menos tres años.
IVA
Tipo general 21 por ciento. Si facturas servicios a clientes de fuera de España con IVA intracomunitario, no devengas IVA por la regla de destino. En la importación de mercancía desde fuera de la Unión Europea aplicas IVA diferido.
IRPF para el administrador de una S.L.
El administrador de una S.L. tributa por IRPF, no por Sociedades, aunque la empresa tribute por el 25 o 15 por ciento. No hay doble tributación: son dos impuestos sobre personas jurídica y persona física distintas. Cuidado con el salario mínimo interprofesional del administrador, que en 2026 se sitúa en 1.221 €/mes en 12 pagas: una retribución menor puede recategorizarse como distribución de dividendos.
El problema de la cuenta bancaria
Este es el verdadero cuello de botella de constituir una sociedad sin residir en España. Los tres puntos que más fricción generan:
- Socios no residentes sin NIE definitivo: muchos bancos exigen NIE definitivo antes de abrir la cuenta. Con NIE provisional es más difícil pero no imposible.
- Origen de los fondos: si el capital viene de una cuenta china, el banco pide certificado de saldo y documentación de la matriz. Tenlo listo desde el minuto uno.
- Beneficiario final: el banco europeo pide siempre la identificación del titular real, incluidos los administradores y Télé-directors.
Estrategia que funciona: banco digital o neobanco español, sin cita presencial, más cuenta bancaria clásica en paralelo. El neobanco resuelve el bloqueo inicial; el banco clásico se abre cuando ya tienes NIE definitivo y actividad.
¿Hace falta residir en España para tener una empresa?
Respuesta directa: No. Un extranjero no residente puede constituir y ser administrador de una S.L. española al 100 por ciento con NIE, sin necesidad de visado ni residencia. Lo que sí es obligatorio es designar un representante fiscal en España para las relaciones con la Agencia Tributaria, y presentar declaraciones tributarias aunque la sociedad no tenga actividad.
- NIE y S.L. sin residencia: viable, sin coste de visado. Requiere representante fiscal.
- Visado de residencia y trabajo por cuenta propia: requiere plan de negocio y fondos demostrados.
- Visado de entrepreneur / Startup Law: para proyectos innovadores, con ventajas fiscales.
- Visado de nómada digital: para emprendedores que ya trabajan en remoto desde España.
La discusión sobre domicilio fiscal, residencia fiscal y la aplicación de los Convenios para evitar la doble imposición excede del alcance de esta página y se trata en consulta personalizada.
Cumplimiento posterior: las obligaciones que nadie cuenta
Mensuales
- IVA: modelo 303 (mensual o trimestral) y modelo 390 anual.
- IVA diferido: modelo 417, declaración de operaciones intracomunitarias con inversión del sujeto pasivo.
Trimestrales
- Modelo 303 de IVA mensual si facturaste más de 20.000 € al año.
Anuales
- Modelo 200: Impuesto sobre Sociedades.
- Modelo 225: operaciones con el extranjero.
- Cuentas anuales: depósito en el Registro Mercantil, entre 2 y 7 meses después del cierre contable.
- Memoria, balances y libros contables obligatorios, incluso sin actividad.
La trampa de la inactividad: una sociedad sin ingresos sigue obligada a presentar el modelo 200, los libros contables y las cuentas anuales. No presentar acarrea multa automática desde 200 €. Muchos inversores que nunca han facturado un euro en España descubren esto al intentar disolver la sociedad.
7 errores que arruinan una constitución desde China
- Constituir sin NIE previo y descubrir en el banco que hace falta. El NIE es el punto de control, siempre el primero.
- Poder notarial sin Apostilla. Desde noviembre de 2023 China está en el Convenio de La Haya: sin Apostilla china, el poder no vale en España. Es el error más caro en tiempo.
- Reservar nombre social idéntico al de otra sociedad ya inscrita. Cada reintento cuesta días.
- Objeto social demasiado restringido. Si el CNAE no cubre lo que realmente vas a hacer, el banco o Hacienda lo señalarán.
- Capital de 1 € sin completarlo. Funciona los primeros meses, pero bloquea la banca. Tienes 5 años para completarlo.
- No darse de alta en IVA diferido antes de la primera importación. Descubrirlo con la factura pagada significa adelantar el 21 por ciento de IVA en efectivo en la aduana.
- Elegir solo el banco grande. Los bancos tradicionales son hostiles con no residentes. Empieza por un neobanco y escala después.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta crear una empresa en España?
Entre 900 € y 1.600 € en gastos notariales y registrales, más el capital social. Si añades gestoría, la factura sube a 2.000 – 3.500 € para una S.L. estándar.
¿Cuánto tiempo tarda?
De 1 a 2 semanas si ya tienes NIE; de 7 a 12 semanas si el NIE se solicita desde el extranjero, porque es el paso más lento. El plazo crítico siempre es el NIE, no el notario.
¿Puedo crear una empresa en España siendo no residente?
Sí. Con NIE y representante fiscal en España, sin necesidad de visado ni residencia.
¿Cuál es el capital mínimo?
Legalmente, 1 € desde la Ley 18/2022. En la práctica, deposita 3.000 €: es lo que esperan los bancos, los proveedores y los clientes.
¿Qué es el NIF de una empresa?
Es el Código de Identificación Fiscal (CIF) de la persona jurídica, distinto del NIE de las personas. Se solicita a la Agencia Tributaria tras la escritura.
¿Necesito abogado o gestoría?
Para una S.L. estándar, la gestoría suele bastar. Si hay estructura holding, varios socios no residentes o un sector con licencia regulada, conviene complementar con abogado especializado.
¿Se puede constituir con socios chinos?
Sí, al 100 por ciento con inversión extranjera (Ley 19/2003 de Inversiones Exteriores). No hay sectores de interés nacional restringidos salvo telecomunicaciones, energía, aeroespacial y defensa. No requiere autorización previa en la mayoría de sectores, solo declaración posterior en el Registro de Inversiones Exteriores.
¿Aplica el impuesto sobre el patrimonio?
No al constituyente: no hay transmisión. Es relevante cuando vendes la sociedad más adelante.
¿Quieres constituir una S.L. en España sin bloquearte en el NIE?
Somos Oromar, operador trilateral con base en Canet d’en Berenguer (Valencia), oficina en Hong Kong y equipo técnico en Shenzhen. Gestionamos la cadena completa: NIE, reserva de nombre, poder notarial con Apostilla, escritura, Registro Mercantil, CIF y alta en IVA diferido.
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